
Es vital recordar que, independientemente del estatus migratorio, todos en los Estados Unidos tienen ciertos derechos constitucionales. Comprender estos derechos nos permite saber qué decir o cómo actuar cuando nos enfrentamos a las autoridades de inmigración en el hogar, en el lugar de trabajo, en las áreas públicas, etc. Esta publicación explicará específicamente dos derechos defensivos básicos y cómo uno puede utilizarlos en orden para protegerse de las autoridades de inmigración. Además, los derechos discutidos en esta publicación son los que se pueden encontrar comúnmente dentro de los recursos de "Conozca sus derechos" o "tarjetas rojas" que a menudo se entregan (se proporcionará un enlace a esto a continuación).
El derecho a permanecer en silencio
Este derecho se enmarca en el derecho de la 5ª enmienda a permanecer en silencio y al debido proceso legal. Bajo este derecho, no tiene que responder ninguna pregunta que le haga un agente de inmigración. Es importante tener en cuenta que, especialmente, no tiene que responder ninguna pregunta sobre su estado migratorio, lugar de nacimiento, lugar de residencia actual, etc. Es importante afirmar su derecho a guardar silencio porque no es necesario que proporcione ningún formulario. de testimonio auto incriminatorio o testimonio que podría usarse en su contra. Los lugares en los que puede invocar este derecho son su hogar y su trabajo.
Frases comunes para usar relacionadas con este derecho:
"¿Soy libre de irme?"
“Estoy haciendo valer mi derecho de la 5ª enmienda a permanecer en silencio”.
"Quiero permanecer en silencio hasta que hable con mi abogado".
"No quiero responder a ninguna pregunta".
"No deseo hablar con usted, responder a sus preguntas, firmar o entregarle ningún documento basado en mis derechos de la 5ta enmienda bajo la constitución de los Estados Unidos"
El derecho a exigir una orden judicial antes de dejar entrar a alguien
Este derecho cae bajo el derecho de la 4ta enmienda que prohíbe registros e incautaciones irrazonables y requiere una orden de registro sancionada judicialmente. Bajo este derecho, ICE no puede ingresar a la casa de uno o registrar sus pertenencias sin permiso. Necesitan una orden de registro firmada por un juez o magistrado que le otorgue a este oficial autorización para ingresar a la casa o un área específica. Es importante recordar que si no tienen una orden de registro, puede negarse a dejarlos entrar a su casa o ser registrados. Si tienen una orden judicial, no abra la puerta de inmediato, más bien pídales que coloquen los documentos que tengan debajo de la puerta o una ventana para confirmar su orden judicial. Este derecho es especialmente importante cuando los funcionarios de inmigración llegan a su hogar.
Frases comunes para usar relacionadas con este derecho:
"No le doy permiso para entrar a mi casa en base a mis derechos de la cuarta enmienda bajo la constitución de los Estados Unidos a menos que tenga una orden de entrada, firmada por un juez o magistrado con mi nombre y que se deslice por debajo de la puerta".
"¿Tiene una orden de registro?"
"Por favor, deslice la orden por debajo de la puerta".
"No doy mi consentimiento para esta búsqueda en virtud de mi derecho de la cuarta enmienda".