
Bajo la administración del presidente Clinton, el Congreso aprobó la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) en 1994. VAWA permite que los ciudadanos no estadounidenses que han sido víctimas de violencia encuentren un camino hacia la inmigración. Uno de los principales requisitos para ser elegible bajo VAWA es ser cónyuge de un hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente abusivo. VAWA protege a las víctimas de violencia para obtener el estatus migratorio al no permitir que el abusador sepa o se involucre en el proceso de inmigración. En otras palabras, una víctima de violencia puede autopeticionar durante todo el proceso de estatus migratorio sin que el abusador lo sepa. Una vez que se determina la elegibilidad para VAWA, se envía el Formulario I-360 de Auto-Petición (petición VAWA) con documentos adicionales como evidencia de abuso y prueba de la relación con el abusador. En la mayoría de los casos, si se aprueba la petición VAWA, la víctima no será removida ni deportada. En algunos casos, los solicitantes también están disponibles para la autorización de trabajo. Después de la petición VAWA, el solicitante puede comenzar a solicitar la residencia permanente en los EE. UU. completando una verificación de antecedentes penales y un examen médico. Mil Mujeres brinda servicios y asistencia con VAWA. Para obtener más información, envíe un correo electrónico a question@milmujeres.org o llame al (202) 808-3311.